Debemos hacernos a la idea que las deudas con la Seguridad Social debe ser siempre la primera de las deudas que tenemos que pagar. Las administraciones públicas son bastante serias con el cobro de deudas, por lo que acaban cobrando vía embargo de bienes, embargo de cuentas, etc. En caso contrario, si tenemos deudas con la seguridad social y queremos aplazarlas, tendremos que cumplir diversos requisitos para poder pagar nuestras deudas con la Seguridad Social de forma más cómoda.

Hay que asegurarse que nuestras deudas son aplazables, ya que existen algunas que no lo son:

-Cuotas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
-Aportaciones de los trabajadores.

Asimismo suelen no concederse aplazamiento a aquellas deudas que no superen los 1200€, a no ser que demostremos que realmente nos es imposible hacer frente a las deudas con la Seguridad Social, caso en que suele ser concedido el aplazamiento de la deuda.

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Afortunadamente, la página de la Seguridad Social nos ofrece una amplia información sobre el procedimiento de aplazamiento de deudas, de forma que podemos consultar todos los requisitos e impresos que debemos realizar para conseguir nuestro objetivo.