Cuando queremos pedir un préstamo, ya sea crédito hipotecario o crédito de consumo, la entidad financiera (es aconsejable que sea un banco o caja pues ofrece más garantías) hará comprobaciones en registros de deudas impagadas para comprobar si nuestro nombre consta en ellos. Dependiendo del tipo de deudas que podamos haber contraido, nos incluirán en un registro o en otro.

En RAI aparecen cheques, pagarés, letras aceptadas y créditos de los que no hemos conseguido solucionar nuestras deudas. La inclusión en este registro de deudas es automática en cuanto se produce nuestro impago, pero sin embargo no es igualmente eficiente cuando se produce el pago de la deuda. Es por ello que debemos informar y demostrar la cancelacion de deuda en cuanto lo hagamos, intentando acortar en lo posible el proceso.

ASNEF es otro registro de morosos dedicado a informar de deudas con seguridad social, deudas con hacienda, y deudas con entidades de tarjeta de crédito. Este registro es más laxo a la hora de permitir la incorporación de datos sobre deudas. Aquí se incorporan asimismo las deudas de compañías telefónicas, las cuales no siempre son correctas. Por ello, en caso de que aparezca en el registro que tenemos deudas, lo primero es comprobar la veracidad de dichas deudas, para en caso de que sean incorrectas tramitar la pertinente reclamación ante la agencia de protección de datos y denunciar por calumnias.

Finalmente y para total tranquilidad nuestra, existe otra base de datos sobre deudas del Banco de España. En ella aparecen deudas por préstamos, por lo que en caso de duda es recomendable consultarla. En caso de que no sepamos como solucionar deudas, existen diversos procedimientos, créditos hipotecarios, créditos personales, renegociación de deudas y el más reciente, reunificación de deudas. Es importante que conozcamos todas sus condiciones, en próximos articulos de deudasno.com analizaremos estos procedimientos para solucionar deudas.